Excepciones al pico y placa en Colombia
Actualizada el 25 de septiembre de 2026
¿Quién está exento del pico y placa?
Hay dos tipos de exención. Por ley nacional, los eléctricos y de cero emisiones y los dedicados a gas están exentos del pico y placa y del día sin carro en todo el país, salvo las medidas por seguridad. Todo lo demás, como los híbridos, las personas con discapacidad o los de emergencia, lo define el decreto de cada ciudad.
En todo el país, los vehículos eléctricos y de cero emisiones (Ley 1964 de 2019, art. 6) y los dedicados a gas (Ley 2128 de 2021, art. 10) están exentos por ley de cualquier restricción a la circulación, incluidos el pico y placa y el día sin carro, salvo las que se fijen por razones de seguridad.
Las exenciones del decreto municipal casi nunca son automáticas: debes inscribir el vehículo ante la secretaría de movilidad y solo valen en ese municipio. Las motos son un caso aparte: en Bogotá, Cali y Villavicencio no tienen pico y placa, mientras que en Medellín, Bucaramanga o Cartagena sí.
Eléctricos, a gas e híbridos
Los eléctricos y de cero emisiones están exentos en todo el país por el artículo 6 de la Ley 1964 de 2019, y los dedicados a gas, por el artículo 10 de la Ley 2128 de 2021. Los híbridos no están en esas leyes: su exención depende del decreto de cada ciudad, como en Bogotá, el Valle de Aburrá, Cali o Santa Marta.
Cada ciudad pide su propio trámite para reconocer la exención: en el Valle de Aburrá, que el vehículo esté registrado como tal en el RUNT; en Bogotá, inscribirlo en el registro de exceptuados de la Secretaría de Movilidad.
Las medidas por razones de seguridad o emergencia sí pueden incluir a los eléctricos. Es el caso de la medida temporal por el sismo en Pereira y Dosquebradas, que no exime a eléctricos ni a híbridos.
Permisos pagados para circular
Algunas ciudades permiten pagar para circular en el horario de pico y placa. En Bogotá es el pico y placa solidario, por día, mes o semestre; en Cali, la tasa por congestión o contaminación (Acuerdo 0563 de 2023); en Cartagena, un permiso pagado para ciertas categorías (Acuerdo 019 de 2015); y en Popayán, un permiso de 250,82 UVB (general) o 39,63 UVB (especial).
Vías exentas
En el Valle de Aburrá hay vías donde no rige el pico y placa. En Medellín, el sistema vial del río (Autopista Sur y Avenida Regional) y la Avenida Las Palmas, entre otras; en Bello, la Autopista Medellín–Bogotá; en Itagüí, el tramo de la Autopista Sur; y en Sabaneta, la Avenida Regional y la variante a Caldas.
Excepciones por ciudad
Para las demás ciudades, la página de cada una resume sus excepciones con la fuente oficial.
Preguntas frecuentes
¿Los carros de personas con discapacidad tienen pico y placa?
En la mayoría de ciudades están exentos, pero hay que inscribir el vehículo. En Bogotá, por ejemplo, es un vehículo por persona, con certificado de la EPS, IPS o ESE; en el Valle de Aburrá, con inscripción previa ante la secretaría.
¿Un permiso de una ciudad sirve en otra?
No. La exención la otorga cada municipio y solo vale en su territorio. En el Valle de Aburrá, por ejemplo, una exención de Medellín no sirve en Envigado.
¿Los carros nuevos están exentos?
En general no. Villavicencio es una excepción: su Decreto 015 de 2026 exime a los vehículos matriculados en la ciudad modelo 2026 o posterior.