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Excepciones y permisos de pico y placa en Cali

Actualizada el 25 de septiembre de 2026

¿Quién está exento del pico y placa en Cali?

En Cali no tienen pico y placa las motos, los híbridos y eléctricos, la carga de 5 toneladas o más, los de emergencia, los oficiales, diplomáticos y consulares, y los que transportan personas con discapacidad (con la persona a bordo). También quienes paguen la tasa por congestión o contaminación.

  • Motocicletas
  • Híbridos y eléctricos (Eléctrico, Gasolina/Eléctrico, Diésel/Eléctrico)
  • Carga con capacidad ≥ 5 t
  • Quienes paguen la tasa por congestión o contaminación (Acuerdo 0563 de 2023)
  • Grupo de exentos del Decreto 4112.010.20.497 de 2021 (y 914 de 2021), previa acreditación
  • Emergencia (Defensa Civil, Bomberos, Cruz Roja, ambulancias); oficiales, diplomáticos y consulares; transporte de personas con discapacidad (con la persona a bordo)

Tasa por congestión o contaminación

Cali permite pagar para quedar exento del pico y placa: es la tasa por congestión o contaminación del Acuerdo 0563 de 2023. El valor vigente y el trámite los publica la Secretaría de Movilidad de Cali; no los tenemos verificados, así que consúltalos en la fuente oficial antes de pagar y desconfía de intermediarios.

Cómo pedir la excepción

El grupo de exentos del Decreto 4112.010.20.497 de 2021 (y del 914 de 2021) requiere acreditación previa ante la Secretaría de Movilidad. Los híbridos y eléctricos se identifican por el tipo de combustible registrado: eléctrico, gasolina/eléctrico o diésel/eléctrico. Lleva el soporte de la acreditación en el vehículo.

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