Hoy no circulan
7:00 a. m. a 8:00 p. m.
- Mañana
- Sin restricción
Hoy, viernes 25 de septiembre de 2026, en Quibdó no circulan particulares con placas terminadas en 5 y 9 (7:00 a. m. a 8:00 p. m.).
7:00 a. m. a 8:00 p. m.
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| Día | No circulan | Horario |
|---|---|---|
| 5 y 9 | 7:00 a. m. a 8:00 p. m. | |
| Sin restricción | — | |
| Sin restricción | — | |
| 1 y 8 | 7:00 a. m. a 8:00 p. m. | |
| 0 y 4 | 7:00 a. m. a 8:00 p. m. | |
| 3 y 6 | 7:00 a. m. a 8:00 p. m. | |
| 2 y 7 | 7:00 a. m. a 8:00 p. m. |
| L | M | M | J | V | S | D |
|---|---|---|---|---|---|---|
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Mapa de referencia. Los límites exactos los fija la norma oficial.
La información es orientativa; prevalece la norma oficial vigente.
En Quibdó el pico y placa aplica a vehículos particulares y oficiales de lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 8:00 p. m., con dos dígitos por día, del 6 de julio al 31 de diciembre de 2026 (Decreto 0245 de 2026). Las motos tienen cuatro dígitos por día en el mismo horario.
El decreto dice «lunes a viernes» pero no excluye expresamente los festivos, así que en PlacaHoy los festivos aparecen con restricción: confírmalo con la Secretaría de Movilidad. En las motos, cada dígito queda restringido dos días por semana.
No tienen pico y placa, entre otros, los de emergencia, la atención médica domiciliaria, los eléctricos e híbridos, el transporte público, los alimentos y la carga. Otros casos requieren solicitud previa ante la Secretaría de Movilidad. Si circulas en tu horario sin estar exento, te arriesgas a la multa C.14: 15 salarios mínimos diarios (52,29 UVB) y la inmovilización del vehículo.
Hoy, viernes 25 de septiembre de 2026, en Quibdó no circulan particulares con placas terminadas en 5 y 9 (7:00 a. m. a 8:00 p. m.).
Lo calculamos con la norma vigente, verificada el 24 de septiembre de 2026 (Alcaldía de Quibdó — Secretaría de Movilidad y Transporte). Para planear el día siguiente, mira el pico y placa de mañana en Quibdó.
Horarios del decreto vigente, verificados el 24 de septiembre de 2026. Si el día es festivo, revisa la respuesta de arriba: en la mayoría de ciudades no hay restricción para particulares.
Sábados y domingos no. Los festivos están por confirmar: el decreto no los excluye expresamente.
Los carros particulares y oficiales (dos dígitos por día) y las motos, motocarros con placa de moto y similares (cuatro dígitos por día).
No tienen pico y placa, entre otros, los de emergencia, la atención médica domiciliaria, los eléctricos e híbridos, el transporte público, los alimentos y la carga. Otros casos requieren solicitud previa ante la Secretaría de Movilidad.
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